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EN 12312-20:2026

Aircraft ground support equipment - Specific requirements - Part 20: Electrical ground power units

Fecha edición: 2026-09-16
En Vigor
Idiomas disponibles: Inglés, Alemán
Resumen: This document deals with all significant hazards, hazardous situations or hazardous events relevant for electrical ground power units as listed in Clause 4 and specifies the technical requirements to minimize the hazards which can arise during the commissioning, operation and maintenance of ground power equipment, when it is used as intended and under conditions of misuse which are reasonably foreseeable by the manufacturer or his authorized representative. It also takes into account some performance requirements recognized as essential by authorities, aircraft and ground support equipment (GSE) manufacturers as well as airlines and service companies. This document is applicable to: - ground power units either self-propelled or towable; - ground power equipment when mounted on other GSE; - ground power accessories intended for ground power equipment (including accessories for fixed equipment). This document does not apply to: - the electrical characteristics of the supply, the type of power supply system and related measures against contact; - any electrical supply system not intended for aircraft use; - the on-board electrical system of the aircraft. This document does not specify requirements for noise and vibration. Noise and vibration are dealt with respectively in EN 1915-4:2004+A1:2009 and EN ISO 31915-3:2026. This document does not deal with hazards in respect to a standard automotive chassis and from other vehicles on the apron. This part of EN 12312 does not apply to ground power equipment which is manufactured before the date of publication of this document by CEN. This part of EN 12312 is intended to be used in conjunction with EN 1915-1:2023, EN 1915-2:2026, EN ISO 31915-3:2026 (for vehicles) and EN 1915-4:2004+A1:2009.

Dieses Dokument behandelt sämtliche signifikante Gefährdungen, Gefährdungssituationen oder Gefährdungsereignisse, die auf die Ausrüstungen zur Bodenstromversorgung, wie in Abschnitt 4 gelistet, zutreffen und legt die technischen Anforderungen zur Minimierung der Gefährdungen fest, die bei Inbetriebnahme, Betrieb und Wartung von Ausrüstungen zur Bodenstromversorgung bei bestimmungsgemäßem Gebrauch und unter missbräuchlichen Bedingungen, die vom Hersteller oder seinem Beauftragten vernünftigerweise vorhersehbar sind, auftreten können. Es berücksichtigt auch einige Leistungsanforderungen, die von offiziellen Stellen, Luftfahrzeug- und Bodengeräteherstellern sowie Luftverkehrs- und Abfertigungsgesellschaften als wesentlich erachtet wurden. Dieses Dokument ist anwendbar für: - Ausrüstungen zur Bodenstromversorgung, selbstfahrend oder schleppbar; - Ausrüstungen zur Bodenstromversorgung, die auf anderen Luftfahrt-Bodengeräten montiert sind; - Bodenstromzubehör für Ausrüstungen zur Bodenstromversorgung (einschließlich Zubehör für fest installierte Geräte). Dieses Dokument ist nicht anwendbar für: - die elektrische Charakteristik der Versorgung, die Ausführung des Versorgungssystems und darauf bezogene Maßnahmen gegen Kontakt; - elektrische Versorgungssysteme, die nicht für Luftfahrzeuge bestimmt sind; - elektrische Systeme an Bord von Luftfahrzeugen. Dieses Dokument legt keine Anforderungen hinsichtlich Lärm und Schwingungen fest. Anforderungen an Lärm und Schwingungen werden in EN 1915-4:2004+A1:2009 bzw. EN ISO 31915-3:2026 behandelt. Dieses Dokument behandelt keine Gefährdungen, die von einem Serienfahrgestell und von anderen Fahrzeugen auf dem Vorfeld ausgehen. Dieser Teil von EN 12312 ist nicht anwendbar für Ausrüstungen zur Bodenstromversorgung, die vor der Veröffentlichung dieses Dokuments durch CEN hergestellt wurden. Dieser Teil von EN 12312 soll in Verbindung mit EN 1915-1:2023, EN 1915-2:2026, EN ISO 31915-3:2026 (für Fahrzeuge) und EN 1915-4:2004+A1:2009 angewendet werden.

Le présent document traite de tous les phénomènes dangereux, situations dangereuses ou événements dangereux significatifs pertinents pour les matériels d’alimentation électrique au sol tels qu’énumérés à l’Article 4, et spécifie les exigences techniques pour réduire à un minimum les phénomènes dangereux qui peuvent survenir lors de la mise en service, l'exploitation et la maintenance des matériels d’alimentation électrique au sol, lorsqu'ils sont utilisés tel que préconisé et dans des conditions de mauvaise utilisation raisonnablement prévisibles par le fabricant ou son représentant légal. Il prend également en compte certaines exigences reconnues comme essentielles par les autorités, les constructeurs d’aéronefs et de matériels au sol (GSE, ground support equipment), ainsi que par les compagnies aériennes et les organismes d’assistance. Le présent document est applicable aux types de matériels suivants : - groupes électrogènes de parc qu’ils soient autopropulsés ou tractables ; - matériels d’alimentation électrique au sol montés sur d’autres GSE ; - accessoires destinés aux matériels d’alimentation électrique au sol (y compris les accessoires pour matériels fixes). Le présent document ne s'applique pas : - aux caractéristiques électriques de l’alimentation, au type de système d’alimentation et mesures associées contre le contact ; - à tout système d’alimentation électrique non destiné à une utilisation sur aéronefs ; - au système électrique de bord des aéronefs. Le présent document ne spécifie pas d’exigences pour le bruit et les vibrations. Le bruit et les vibrations sont traités respectivement dans l’EN 1915-4:2004+A1:2009 et l’EN ISO 31915-3:2026. Le présent document ne traite pas des dangers liés à un châssis automoteur standard et aux autres véhicules sur l'aire de stationnement. La présente partie de l’EN 12312 ne s’applique pas aux matériels d’alimentation au sol fabriqués avant la date de publication du présent document par le CEN. Cette partie de l’EN 12312 est destinée à être utilisée conjointement avec l’EN 1915-1:2023, l’EN 1915-2:2026, l’EN ISO 31915-3:2026 (pour les véhicules) et l’EN 1915-4:2004+A1:2009.

ICS: 49.100 - Equipos de tierra y de mantenimiento
CTN: CEN/TC 274 - 6255

Reemplazo Normas

Reemplaza a EN 12312-20:2005+A1:2009

El libro en palabras del autor

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