Desde el 2 de enero de 2024 es obligatorio el cumplimiento del Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis.
Este Real Decreto aplica a cualquier instalación que utilice agua, medio en el que se propaga esta bacteria en cualquier época del año.
La toma de la muestra de Legionella deberá efectuarse según el procedimiento establecido en el anexo VI del Real Decreto 487/2022, que define el protocolo de toma y transporte de muestras en siete partes: ensayos microbiológicos, ensayos químicos, etc.
A lo largo del Real Decreto se citan varias normas UNE como herramientas fundamentales para su cumplimiento, entre las que destacamos:
- UNE-EN ISO 11731:2017. Calidad del agua. Recuento de Legionella
- UNE-EN ISO/IEC 17025:2017. Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración
- UNE-EN ISO 19458:2007. Calidad del agua. Muestreo para el análisis microbiológico